Nuevo tema
CREAR
Confirmar Eliminar N.
¿ Seguro que desea eliminar este ?
Nuevo Miembro
Completar Solicitud
Nueva Galeria
Subir archivos
CREAR GALERIA
Nueva Publicacion
CREAR PUBLICACION
Nueva Publicacion Blog
CREAR PUBLICACION
CONACI
Blog
Buscar

Entró la Norma 6-­2014, de remisión de informes

Cándida Acosta
Santo Domingo


Las nuevas obligaciones establecidas en la Norma General 6­2014, sobre remisión de informaciones mensuales relativos a los Números de Comprobantes Fiscales (NCF) a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) entraron en vigor desde el pasado 1 de este mes.

El primer envío de datos tiene una fecha límite al 20 de febrero próximo.
El recién finalizado año la DGII publicó un aviso dando a conocer a los contribuyentes (personas jurídicas­empresas y negocios de único dueño, la obligación de remitir las informaciones a través de la oficina virtual de la DGII.

El experto en asuntos fiscales y tributarios y actual directivo del Consejo Nacional de Consultores Impositivos (Conaci), Alexis Rodríguez, explicó que los archivos de información son el F606, de reporte mensual de gastos? el F607, de reporte de ventas? el F608, de NCF anulados? y F609, de Pagos al exterior deberán ser enviados a la DGII a través de la oficina virtual dentro de los primeros 20 días del mes siguiente.

F606 y F607
De igual modo, la referida norma establece que quedan exentos de remitir los reportes F606 y F607 para los contribuyentes acogidos al Procedimiento Simplificado de Tributación (PST) Además, Los reportes F606 y F607 serán parte integral de la declaración jurada mensual del ITBIS y declaración jurada anual del impuesto sobre la renta.

Las disposiciones indican que los negocios con soluciones fiscales (máquinas registradoras) deberán de reportar mensualmente el archivo F607, pero únicamente para las facturas emitidas fuera de las impresoras fiscales (por ejemplo, facturas por venta de activos fijos). Se continuará con el proceso de remisión del LVM (libro de venta menual) para todas las facturas generadas por las impresoras fiscales.

También, indica que las entidades gubernamentales tendrán que cumplir con los mismos deberes aplicables al resto de los contribuyentes (F606, 607, F608 y F609): La nueva Norma General 6­14 entrará en vigencia a partir del 1 de enero del 2015. Sin embargo, para las sociedades en fecha de cierre distinta del 31 de diciembre 2015, la nueva disposicion tendrá implícitamente un carácter pseudo­retroactivo respecto de los meses anteriores al 1 de enero 2015”, dijo Rodríguez.
Publicado hace: 7 años y 3 meses
Otras Entradas